Los nietos de emigrantes podrán adquirir la nacionalidad española
El único requisito es que uno de los progenitores conserve el pasaporte español
Desaparece la diferenciación fundada en razones de sexo
Una reivindicación en la que han coincidido PSOE, BNG y PP
Desaparece la diferenciación fundada en razones de sexo
Una reivindicación en la que han coincidido PSOE, BNG y PP
(Firma: Alejandro Posilio Lugar: la voz madrid)
Los nietos de los emigrantes españoles nacidos en el extranjero podrán adquirir la nacionalidad española si así lo desean, gracias a la reforma de varios artículos del Código Civil que el Gobierno ha incorporado al proyecto de Ley de Adopción Internacional aprobado ayer en el Consejo de Ministros. La nueva normativa, que el Ejecutivo central ha solicitado que se tramite en el Parlamento con carácter de urgencia, prevé que los descendientes de españoles que no nacieron en España, pues sus padres y abuelos emigraron del país en el pasado, puedan llegar a adquirir la nacionalidad española. El Código Civil aún vigente exige, para optar a la nacionalidad española, que el padre o madre de quien la solicite haya sido originariamente español y, además, que haya nacido en España. Con esta exigencia, los nietos de emigrantes españoles cuyos progenitores no hayan visto la luz en España no pueden acceder a la nacionalidad. La reforma del Código Civil que se persigue con esta ley elimina el requisito del nacimiento en territorio español de los padres, con lo cual se permite que sus hijos, nietos del español que emigró, puedan acceder a la nacionalidad española. De esta manera, el Gobierno da cumplimiento al mandato que recogía la ley de 16 de diciembre del 2006 denominada Estatuto de los Derechos de los Españoles en el Extranjero. El ministro especificó que el Ejecutivo no tiene cuantificado el número de personas que podrán acogerse a esta oportunidad de nacionalización, aunque se mostró seguro de que serán muchos los que finalmente deseen recuperar este vínculo con España.
Los nietos de los emigrantes españoles nacidos en el extranjero podrán adquirir la nacionalidad española si así lo desean, gracias a la reforma de varios artículos del Código Civil que el Gobierno ha incorporado al proyecto de Ley de Adopción Internacional aprobado ayer en el Consejo de Ministros. La nueva normativa, que el Ejecutivo central ha solicitado que se tramite en el Parlamento con carácter de urgencia, prevé que los descendientes de españoles que no nacieron en España, pues sus padres y abuelos emigraron del país en el pasado, puedan llegar a adquirir la nacionalidad española. El Código Civil aún vigente exige, para optar a la nacionalidad española, que el padre o madre de quien la solicite haya sido originariamente español y, además, que haya nacido en España. Con esta exigencia, los nietos de emigrantes españoles cuyos progenitores no hayan visto la luz en España no pueden acceder a la nacionalidad. La reforma del Código Civil que se persigue con esta ley elimina el requisito del nacimiento en territorio español de los padres, con lo cual se permite que sus hijos, nietos del español que emigró, puedan acceder a la nacionalidad española. De esta manera, el Gobierno da cumplimiento al mandato que recogía la ley de 16 de diciembre del 2006 denominada Estatuto de los Derechos de los Españoles en el Extranjero. El ministro especificó que el Ejecutivo no tiene cuantificado el número de personas que podrán acogerse a esta oportunidad de nacionalización, aunque se mostró seguro de que serán muchos los que finalmente deseen recuperar este vínculo con España.
Etiquetas: migración, nacionalidad
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